FUCAAD

'Nada sobre nosotros se hará sin nosotros'

viernes, 19 de marzo de 2010

Definición del termino Discapacidad

Se designa con el término de discapacidad a aquella limitación que presentan algunas personas a la hora de llevar a cabo determinadas actividades y que puede estar provocada por una deficiencia física o psíquica.
La discapacidad es una problemática que puede afectar al individuo desde su nacimiento, es decir, ya nacer con ella, como puede ser el caso de aquellos que nacen con la enfermedad denominada síndrome de Down o bien aparecer durante un determinado momento de la vida como consecuencia de algún accidente o afección, por ejemplo, un individuo que sufre un accidente automovilístico y como consecuencia de este trauma sus piernas sufren una parálisis, situación que obviamente le provocará una discapacidad motora que antes no presentaba.
Entonces, existen diversos tipos de discapacidad: física, psíquica, sensorial, intelectual o mental, en tanto, cada una de estas puede manifestarse de diferentes maneras y en diferentes grados. La física es una desventaja que le impedirá a la persona que la sufre su desempeño motor, siendo las piernas y los brazos las partes afectadas.
La sensorial es aquella discapacidad que se manifiesta justamente en los sentidos, por ejemplo, la sordera nacida por un problema en los oídos, la ceguera motivada por una deficiencia en la vista.
Por su lado, la discapacidad de tipo psíquica es aquella que presenta trastornos permanentes en el comportamiento y la discapacidad intelectual, también denominada vulgarmente por muchos como retraso mental, es aquella que supone un funcionamiento mental por debajo de la media y que se caracterizará por limitaciones en áreas como el aprendizaje, la comunicación, la vida en el hogar y las habilidades sociales, entre otras.
Si bien no hay una única causa como bien mencionamos más arriba que desarrolla la discapacidad, podemos nombrar algunas recurrentes como ser: factores genéticos, tal lo ocurre con el síndrome de down, errores congénitos del metabolismo, problemas perinatales, alteraciones en el desarrollo embrionario, enfermedades infantiles, déficits ambientales, accidentes de tránsito, enfermedades profesionales y accidentes laborales.
Lamentablemente, años atrás, capaz por falta de información, en algunos casos o en otros increíblemente a causa de la vergüenza, fue muy común que aquellas personas que sufrían de algún tipo de discapacidad sufriesen, por un lado, de la discriminación de la gente normal por llamarla de algún modo y por otro lado también de la propia discriminación de su entorno, que creía más conveniente su aislamiento por temos a que sufran. Por supuesto, ambas cuestiones contribuían a un aumento de esta discapacidad y al crecimiento de la angustia y la depresión del afectado.
En tanto y por suerte, en las últimas décadas, muchos avances se han logrado al respecto, no solamente en las legislaciones de los países, incluyendo los derechos de aquellos discapacitados, sino también en el plano social, incluyéndolos en muchos ámbitos en los cuales, por sus problemas, eran excluidos, siendo el deporte uno de los que más hincapié puso a la hora de integrarlos y dándoles el mismo lugar que aquellos que no presentaban ninguna discapacidad.

La Misiones.


Misión José Gregorio Hernández: salud integral para los más débiles
Más de ochenta mil personas padecen algún tipo de discapacidad. La Misión José Gregorio Hernández fue creada por el Gobierno Bolivariano para brindarles asistencia médica y social, con recursos por el orden de los 592 millones de bolívares fuertes
Por: Dexy García (*)

El sábado 15 de marzo el presidente Hugo Chávez Frías puso en marcha la Misión José Gregorio Hernández, en honor al médico venezolano, conocido popularmente como el Siervo de Dios, con el objetivo de emprender una labor sumamente humana: brindar atención médica, casa por casa, a personas con discapacidad.

De allí que esta nueva iniciativa del gobierno venezolano, busca profundizar las políticas dirigidas a brindar salud integral, gratuita y de calidad a todos y todas las venezolanas, de acuerdo con sus necesidades. Con la puesta en marcha de la Misión José Gregorio Hernández, se da un paso más en el cumplimiento de los preceptos constitucionales, especialmente del artículo 81 de la Carta Magna, que reza textualmente que: “toda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria…”

La Misión considera la discapacidad físico - motora, intelectual, visual o auditiva, ya sean adquiridas o heredadas. Esto permite diseñar más y mejores políticas públicas para atender a estas miles de personas desprotegidas socialmente.
Inclusión e igualdad de oportunidades 
La Misión tiene como objetivo llevar atención primaria a todas las personas que padezcan algún tipo de discapacidad. Para ello, los médicos y especialistas hacen un estudio para determinar las causas de su problemática, en caso de causas genéticas y/o hereditarias se aplican programas preventivos. En segunda instancia, se ponen en marcha estrategias de atención, tanto para el afectado como para su familia y entorno social.

Tal como lo señaló, en su discurso del 15 de marzo, el presidente Hugo Chávez, “esta misión ya tiene un conjunto de logros, pero ahora vamos a avanzar en todo el frente y a profundizar la lucha. (…) Creo que en la misión hay que incorporar, más allá del diagnóstico que hacen ustedes casa por casa, calle por calle, esto es en la búsqueda de la salud integral; pudiéramos usar una frase, la salud infinita”.

En tal sentido, está previsto trabajar el contexto social y familiar. Especialistas, voluntarios, organizaciones, consejos comunales y otras agrupaciones servirán como facilitadores para que estas personas organicen grupos de arte, coros y capacitación para el trabajo, entre otros. Todo esto, con el único fin de permitir su inclusión social y el pleno disfrute de sus derechos, en igualdad de oportunidades.

La misión José Gregorio Hernández se desarrollará en tres direcciones: la primera es el estudio de las personas con discapacidad, otra la creación de las bases para que el pueblo de Venezuela reciba los servicios de genética de manera gratuita y una tercera es la formación de recurso humano en el área de genética para atender las necesidades de la población. Para ello está previsto el apoyo de la hermana República de Cuba, para impulsar el master en asesoramiento genético a partir de los especialistas en medicina general integral que se han graduado en Barrio Adentro.
Sembrando el petróleo 
Para la puesta en marcha de esta Misión, el gobierno nacional ha destinado 592 millones de bolívares fuertes destinados en un primer momento, a la adquisición de equipos técnicos especializados que permitirán elaborar el diagnóstico de cada persona. El estudio es individual y comprende las siguientes variables: psicosocial, pedagógica, clínica y genética.

Una vez que se tenga el primer estudio, se entregará ayuda inmediata a quienes lo requieran: sillas de ruedas, muletas, andaderas, bastones, prótesis y otras. Se estima que los beneficiados serán 600 mil personas. 

Sus aportes son necesarios

“Ellos no son minusválidos. Esa palabra hay que eliminarla de nuestro vocabulario. Minusválido es una cosa que vale menos, minusválido es el capitalismo, eso no vale nada. Ellos son nuestros compatriotas, que tienen el mismo valor que todos nosotros y muchas veces más que nosotros, porque el esfuerzo que hacen, espiritual, físico, (es) mucho mayor que el que nosotros hemos hecho toda nuestra vida”.

Con estas palabras el Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, llamó a todos los sectores sociales a integrarse al trabajo de la Misión José Gregorio Hernández, en la labor de dignificar la vida de estas personas que por causas genéticas o medioambientales padecen limitaciones físicas o intelectuales.

El llamado del Jefe de Estado es a la no discriminación y a comprender que el aporte de estos compatriotas también es necesario en el proceso de construcción de la sociedad inclusiva, igualitaria y verdaderamente democrática. 

Avances significativos en el diagnóstico

La iniciativa de dignificar la vida de los venezolanos y venezolanas que padecen alguna discapacidad, se remonta a mediados del año 2007, cuando se realizó un censo en varios estados. Según ese primer censo existen: 21 mil 917 casos en Miranda, mil 164 en Delta Amacuro, 33 mil 119 en Zulia, 6 mil 382 en Barinas y 4 mil 256 en Vargas. En febrero de 2008 se realizó en Caracas, específicamente en el municipio Libertador, donde se registraron 16 mil 412 casos. Sumando las personas de esas siete zonas, diagnosticadas hasta el momento se contabilizan 83 mil 324 con alguna discapacidad.
Una Misión más que necesaria 
Más del 14 por ciento de estas 83 mil 324 personas, están en cama. Su situación ha sido degenerativa a causa de la falta de atención médica, a lo que se ha añadido al abandono social y la falta de oportunidades para hacer “vida normal”. Casi un 7 por ciento padece de discapacidad intelectual, éstas a su vez están desamparadas; no tienen padre ni madre. 11 mil de los considerados discapacitados, pueden desempañarse en un puesto de trabajo, sin embargo el 75 por ciento están desempleados. 4 mil habitan en viviendas en pésimas condiciones. Al menos 600 del total de los discapacitados son jóvenes menores de 20 años. Y finalmente, hay más de 5 mil niños fuera del sistema oficial de educación.
Diagnóstico y atención primaria en todo el territorio nacional 
En el transcurso del mes de marzo la Misión José Gregorio Hernández estará organizando jornadas de atención primaria y diagnóstico a nivel nacional. De acuerdo con el siguiente cronograma: 
Gran Caracas y Vargas: hasta el 20 de marzo Aragua, Carabobo y Guárico: del 24 de marzo hasta el 24 de abril Lara, Mérida y Trujillo: de abril hasta el 28 de mayo. Sucre, Nueva Esparta y Anzoátegui: Del 1 de junio al 1 de julio. Monagas y Bolívar: 3 de julio al 31 de julio. Táchira, Yaracuy y Falcón: 3 de agosto al 25 de agosto Apure, Cojedes, Portuguesa: 28 de agosto al 27 de septiembre. Amazonas: 1 de octubre al 15 de octubre
Trabajo mancomunado 
Para apoyar en el impulso de la nueva Misión, se hace necesaria la participación de todos los sectores organizados. Es así, que en los próximos días se instalará una mesa técnica integral de trabajo permanente, donde participarán los ministerios de Salud, Educación, Interior y Justicia, Vivienda y Hábitat, Alimentación, Trabajo, Participación y Protección Social. También se incorporarán misiones como: Madres del Barrio, Negra Hipólita y el Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad, Fundaproal.


(*) dgarcia@minci.gob.ve
MinCI

Venezuela

Venezuela: Ley para las Personas con Discapacidad, su incidencia en la empresa July 13, 2007

El 05 de enero de este año fue publicada en gaceta oficial la Ley para las Personas con Discapacidad –LPD- integrada por noventa y seis (96) artículos, de los cuales ocho (8) se refieren directamente obligaciones que deben cumplir las empresas públicas y privadas desde el momento de publicación de la ley, ya que dentro de las disposiciones transitorias no se especifica un período de adaptación, al menos en cuanto a empleo y capacitación. A continuación presentamos un breve resumen de los artículos que atañen directamente a la nómina de las empresas:

Los artículos del 26 al 30 se encuentran enmarcados dentro del capítulo denominado “Del trabajo y la capacitación” y regula:
a. Artículo 26. Políticas Laborales: atribuyéndole al ministerio del trabajo y al de desarrollo social, la formulación de las políticas para la formación para el trabajo, empleo, inserción, reinserción, readaptación profesional y reorientación ocupacional
b. Artículo 27. Formación para el trabajo: haciendo responsables a los ministerios del trabajo, educación y desarrollo social, respectivamente, de adecuar sus métodos de enseñanza a fin de promover la participación de personas con discapacidad en programas permanentes, cursos y talleres para su capacitación y formación laboral
c. Artículo 28. Empleo para personas con discapacidad: estableciendo la obligación de empresas públicas y privadas de incorporar a su plantilla de trabajadores no menos del 5% de su nómina total a personas con DISCAPACIDAD PERMANENTE como ejecutivos (as), empleados (as) u obreros (as). El cargo asignado debe estar diseñado para garantizar su desempeño así como su fácil acceso al puesto de trabajo
d. Artículo 29. Empleo con apoyo integral: puntualizando la obligación de integrar al campo laboral a las personas con discapacidades intelectuales, en actividades acordes a sus capacidades bajo supervisión y vigilancia
e. Artículo 30. Inserción y reinserción laboral: incluyendo la participación del Consejo Nacional para Personas con Discapacidad (CONAPDI) en conjunto con los ministerios del trabajo, educación y economía popular en la ejecución de los programas de capacitación para la reinserción laboral de personas con discapacidad


El artículo 72, establece la obligatoriedad de las empresas de presentar, de manera semestral, los registros de los trabajadores con discapacidad al CONAPDI, Servicio Nacional de Empleo –SNE- y al Instituto Nacional de Estadística (INE). Este registro debe contener la identificación de cada trabajador especificando el tipo de discapacidad y la actividad que desempeña dentro de la empresa.


Finalmente, el articulado sancionatorio que corresponde por el incumplimiento de las empresas a esta ley, en lo que se refiere al capítulo de trabajo y capacitación se encuentra establecido en:
a. Artículo 84. Multa por incumplimiento de la cuota de empleo: las sanciones por incumplimiento de la cuota de empleo de personas con discapacidad oscilan entre cien (100) y mil (1.000) Unidades Tributarias
b. Artículo 85. Multa por incumplimiento del registro: en este caso las sanciones varían entre treinta (30) y sesenta (60) Unidades Tributarias


De interés general:
a. Establece la obligación de diseñar, remodelar y/o adecuar edificaciones, así como medios urbanos y rurales para garantizar el acceso y tránsito de personas con discapacidad, incluyendo la destinación de puestos de estacionamiento ubicados a la entrada de las edificaciones, hasta el punto de no otorgar permisología para proyectos que incumplan con esta normativa. Esta adaptación será requerida también para el transporte público. Para la primera (edificaciones) establece un período de adaptación a la normativa de tres años; y para la segunda (transporte) un período de dos años.
b. Otorga a las personas con discapacidad la gratuidad del pasaje en transporte urbano, superficial y subtrerráneo y un descuento de al menos el 50% para transporte extraurbano terrestre, áereo, fluvial, marítimo y ferroviario en rutas nacionales y promoverá un descuento similar para rutas internacionales destinados a personas con discapacidad


Los animales guías también están protegidos: establece la obligatoriedad de permitir el ingreso de los animales guías o auxiliares de personas con discapacidad a todos los lugares públicos y privados a donde deban acudir sus dueños… Y aún más establece una sanción en caso de negativa de ingreso de hasta 30 UT y cierre del establecimiento entre 48 y 72 horas… Eso sí los animales deben estar certificados e identificados como animales guías o auxiliares

Estamos para apoyarlo en su gestión de Recursos Humanos y el cumplimiento de las disposiciones legales
Gente al Día, C.A. – Consultores Organizacionales
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Colaborador: Carolina Serna